Desde esta semana, los autónomos ya pueden hacer los trámites por vía telemática (electrónica) sobre su afiliación, cotización y recaudación de cuotas.
Esta semana se cumple lo dictaminado por la Orden ministerial ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018. Tras concurrir el plazo de 6 meses que dicha orden proponía, los autónomos ya pueden cumplir sus obligaciones fiscales a través de la vía electrónica.
Este plazo suponía una transición para adaptarse dichos trabajadores a realizar los trámites de forma telemática, que a partir de este mes se hará obligatoriamente. Estos trámites incluyen lo relacionado con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas, pero también, por parte de la Seguridad Social, las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Esta medida no sólo afecta a los autónomos, cuyas gestiones -en un 85%- eran realizadas electrónicamente antes de esta medida, sino también a los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA) y a los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
La TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) pone a disposición dos canales nuevos para poder hacer estos trámites. Por un lado, el Sistema RED (Sistema de Remisión Electrónica de Datos) a través de un autorizado que actúa en representación del autónomo y la Sede Electrónica de la Seguridad Social para poder acceder al catálogo de servicios para realizar sus trámites. Para usar este último, es necesario un sistema de autenticación que garantice su identidad, un certificado electrónico admitido por la Seguridad Social, el DNI electrónico y el Sistema Cl@ve.